miércoles, 22 de octubre de 2014

Superintendencia establece como requisito obligatorio “Póliza de Cobertura de Siniestros” a estacionamientos y garajes públicos


Prensa. 21/10/2014. SPJ/ Según la Providencia Administrativa 056/2014, de fecha 17 de octubre, la cual regula la “Prestación del Servicio de Estacionamiento y Garajes Públicos”, los establecimientos dedicados a la prestación del servicio de recepción, guardia y custodia de vehículos automotores deberán ofrecer a sus usuarios -como requisito obligatorio- la aplicación de una “Póliza de seguros de responsabilidad civil general con cobertura garajista”.
Con ello, los usuarios cuentan con el resguardo de las condiciones físicas del interior y exterior de los vehículos, y establece la responsabilidad de parte del establecimiento en los siniestros que se presenten durante su guarda y custodia, aplicando así, lo descrito en el artículo Nº 1 de la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ), que garantiza el resarcimiento de los daños sufridos.
Asimismo, los prestadores del servicio deberán exhibir -a través de carteles o listas- los precios máximos (en sus diferentes categorías), el horario de servicio, la denominación social del local, la indicación del tipo de categoría del establecimiento, y la aplicación de una póliza de cobertura de siniestros durante el uso del servicio.
Excepciones de la Providencia
Los concesionarios de vehículos adscritos al Instituto de Tránsito y Transporte Terrestre, así como Cuerpos Policiales y Tribunales de Justicia, estacionamientos para uso exclusivos de hoteles de categoría cinco estrellas, y los estacionamientos estructurales, no deberán regirse a través de dicha Providencia.
Estas medidas son el resultado de la instalación de mesas de trabajo en donde participaron representantes de la Asociación Nacional de Propietarios y Administradores de Garajes y Estacionamientos (Anpage), y el Superintendente de Precios Justos, Andrés Eloy Méndez.
FIN DE LA NOTA/ LEONARDO ZAMBRANO

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